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  • av Luciano Parejo Alfonso
    669,-

  • av Allan R Brewer-Carias
    549,-

    Este libro del profesor Allan R. Brewer-Carías, recoge una serie de estudios sobre la democracia publicados durante los últimos 20 años, que comenzó escribir a partir de 1999, cuando el discurso autoritario comenzó a aflorar en Venezuela a raíz de la elección de Hugo Chávez Frías como Presidente de la República, y del subsiguiente desarrollo del proceso constituyente venezolano de 1999, mediante el cual, y respondiendo a principios de un supuesto "nuevo constitucionalismo," se pretendió sustituir el principio de "democracia representativa" por el de "democracia participativa" y, así, en definitiva, eliminar el sufragio y la representación como base del funcionamiento del Estado democrático.Entre los estudios que se incluyen en la obra, están sus reflexiones iniciales en defensa de la democracia representativa ante la Asamblea Constituyente de 1999 y al plantear en 2001 la opción entre democracia y autoritarismo; a lo cual se suman, el estudio de 2007 sobre los elementos y componentes esenciales de la democracia; el estudio sobre el derecho a la Constitución y del derecho a la democracia, como derechos políticos colectivos de los ciudadanos (2007); el estudio sobre democratización, descentralización política y reforma del Estado, (2001); el estudio sobre la democracia representativa y la falacia de la llamada "democracia participativa" (2010); el estudio sobre la necesaria revalorización de la democracia representativa ante los peligros del discurso autoritario sobre una supuesta "democracia participativa" sin representación (2011); el estudio sobre participación y representación democrática en el gobierno municipal (2012); el estudio sobre inicio del proceso de la demolición del Estado de derecho y de destrucción de la democracia en Venezuela (1999-2009); el estudio sobre la participación de Juez Constitucional en el proceso de destrucción del principio democrático representativo (2018); el estudio sobre la participación del Juez Constitucional en la demolición de las bases constitucionales de la "democracia participativa (2004-2017); el estudio sobre el dilema entre el derecho colectivo a la democracia y el derecho individual a la reelección presidencial en América Latina y el rol del Juez Constitucional (2019); el estudio sobre democracia, corrupción y transparencia (2019); el estudio sobre el Informe Bachelet de 2019: desahucio al Régimen, sobre la masiva violación de los derechos humanos en Venezuela, (2019); y a modo de recapitulación, el estudio sobre democracia, participación y descentralización en la consolidación del Estado democrático y social de derecho (2019)

  • - El lugar de la democracia en un mundo globalizado un ensayo sobre la politeia aristotelica
    av Fortunato J Gonzalez Cruz
    365,-

    La reflexión desarrollada en este ensayo del profesor Fortunato González Cruz parte de la hipótesis de la vigencia del concepto aristotélico de politeia sobre la ciudad, que significa un compromiso individual y colectivo de sus habitantes y hoy, además, un desafío. En el siglo XXI la ciudad es el lugar donde vive la mayoría de los habitantes del planeta, crece constantemente, y es y será, por lo tanto,  el principal ámbito de la política porque es donde se realiza la existencia humana.Si los estados nacionales han sido desde el Siglo XVIII el espacio político, sin negar su importancia actual, los mismos compiten hoy con los ámbitos supranacionales y con el enorme poder de las ciudades.  En este ensayo el autor pretende hacer una reflexión sobre la calidad de la ciudad y de su política porque compromete el bienestar y la prosperidad de sus habitantes. Propone que la ciudad es un sistema complejo de relaciones confiables que supone unas conductas propias de la convivencia, que es la confianza, el sentido de pertenencia y por tanto de compromiso. De allí que la calidad de la política sea un asunto de primera importancia y la amenaza contra sus habitantes proviene en alto grado de la perversión de la política local. Sugiere el autor profundizar en los estudios de la ciudad y su gobierno. La ciudad es el lugar de la democracia en este siglo.El profesor Fortunato González Cruz es uno de los que se ha dedicado a ejercer su ciudadanía intensamente, al conocimiento de la ciudad en su compleja realidad y como actor político. Ha presidido la asociación de vecinos donde vive, ha sido el primer Administrador Municipal y luego el  primer Alcalde de su ciudad, Mérida, de Venezuela, electo por votación directa de sus habitantes. Creó en la Universidad de Los Andes una unidad de investigación y estudios sobre la ciudad (CIEPROL). En fin, sus reflexiones cuentan con el aval de su experiencia y de su formación.

  • - (espana, Peru, Costa Rica, Colombia Y Venezuela)
    av Miguel Angel Torrealba S
    485,-

  • av Allan R Brewer-Carias
    465,-

    En este libro, el profesor Allan R. Brewer-Carías analiza diversos aspectos relativos a las clásicas nociones de "contratos administrativos," de "contratos de interés público," de "servicio público," de "interés público" y de "orden público," las cuales con frecuencia han sido incorporadas en disposiciones legislativa, no siempre conservado el núcleo definitorio esencial de las mismas.Al contrario, en los años recientes se ha observado cierta tendencia, tanto del legislador como del juez constitucional, a manipular algunas de dichas nociones para perseguir fines circunstanciales distintos a los que derivan de su sentido esencial, para distorsionar los efectos de determinadas normas, o para mutar su contenido con el propósito de distorsionar sus efectos. Este libro analiza esas situaciones, ocurridas en particular, en dos momentos:Primero, con motivo de la emisión de la Ley Orgánica que reserva al Estado bienes y servicios conexos a las actividades primarias de Hidrocarburos de mayo de 2009 (Ley de Reserva de 2009), en cuyo articulado se declaró a sus disposiciones como "de orden público," se declaró ex post facto a los bienes y servicios nacionalizados y sus obras, como "servicio público y de interés público y social," y se "reconoció," también ex post facto, que los contratos que las empresas públicas nacionales habían celebrado con empresas o consorcios privados para la prestación de los servicios conexos que se reservaron al Estado, eran "contratos administrativos." Sin embargo, esas declaraciones lo que confirmaron fue evidentemente, que con anterioridad dichos servicios y actividades no solo no eran actividades reservadas al Estado; sino que no eran actividades que pudieran ser consideradas como "servicio público" o de "interés público;" ni los contratos que se habían suscrito para su prestación por particulares eran "contratos administrativos;" ni, obviamente, dichas normas tenían calificación como normas de orden público. aY segundo, de la mano del Juez Constitucional, con la manipulación del concepto de "contratos de interés público," en relación con algunos relativos a ciertas operaciones de crédito público y otros celebrados para la constitución de empresas mixtas en el marco de la industria petrolera, a los efectos circunstanciales de eludir la necesaria autorización previa de la Asamblea Nacional para su celebración, tal como lo exige la Constitución.

  • av Allan R Brewer-Carias
    465,-

  • - PARA DESMANTELAR LA DEMOCRACIA Y ESTABLECER UN ESTADO SOCIALISTA EN VENEZUELA (Del principio al fin: 1999-2019)
    av Allan R Brewer-Carias
    585,-

    El libro analiza todos los proyectos constitucionales del "chavismo" en Venezuela, formulados entre 1999 y 2019, guiados por las propuestas de un llamado "nuevo constitucionalismo," basado en una supuesta "democracia participativa," con el propósito de desmantelar la democracia representativa y el Estado de derecho, y establecer en su lugar un Estado socialista, Estado del Poder Popular o Estado Comunal, sin mecanismos de representación y sin que en el mismo el pueblo pueda expresarese a través del sufragio universal, directo y secreto.

  • - Instrumento de reinstitucionalizacion democratica. Pronunciamientos anos 2012-2019, Tomo II
     
    485,-

  • - Entre la centralizadora y la atomizacion normativa en la ciudad venezolana sofocada
    av Emilio J Urbina Mendoza
    335,-

    La presente obra del profesor Emilio J. Urbina, constituye una auditoría normativa, doctrinal y jurisprudencial del Derecho urbanístico venezolano desde sus inicios hasta nuestros días, en la cual ha hecho una revisión no solo de todos los textos normativos de naturaleza urbanística publicados en Gaceta Oficial desde 1946 hasta 2019, sino de los estudios doctrinales formulados, y los principales hitos jurisprudenciales que marcaron el compás en el contencioso urbanístico, etapa por etapa.En la obra, el autor analiza históricamente la disciplina, en cinco grandes etapas.  La primera, que se inicia en 1946 con la publicación del decreto de creación de la Comisión Nacional de Urbanismo; durante la cual se sancionan la ley de expropiación por causa de utilidad pública y social y las nuevas ordenanzas sobre urbanismo superando la clásica concepción romanista de edificación; estableciéndose la distribución constitucional de competencias entre la República y los Municipios en materia de ordenación urbanística.La segunda etapa, que comienza en 1958 y se mantiene hasta 1982, fue la de la más inusitada expansión urbana en Venezuela, basada sin embargo en una dispersión reglamentaria de normas, y el desarrollo urbano a través de la descentralización funcional. La tercera etapa se inicia en 1983 y dura hasta 2001, y es durante la cual se sancionaron la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio de 1983 y, en 1987, la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. La cuarta etapa que comenzó en 2002 con la aprobación del Decreto presidencial nº 1.666, dio inicio una era de dispersión, caracterizada por la construcción frenética de viviendas y la destrucción progresiva del sistema de planes urbanísticos. Y en 2011, comenzó la quinta etapa, de atomización normativa, con la aprobación de la Ley de emergencia de terrenos y viviendas, acabando con la tradición normativa iniciada en 1946, bajo una concepción particularista del urbanismo y su derecho.La obra finaliza con una revisión exhaustiva sobre los últimos hechos y actos que han modificado la estructura del Derecho urbanístico venezolano.

  • av Jose del Rey Fajardo SJ
    395,-

  • av Allan R Brewer-Carias
    615,-

    Este libro del profesor Allan R. Brewer-Carías recoge algunos de sus estudios, escritos entre 2018 y 2019, en los cuales analizó, a manera de crónica constitucional sobre una Venezuela en las tinieblas, desde algunas ejecutorias de la inconstitucional Asamblea Constituyente electa en 2017, pasando por la lobteguez de un régimen tiránico colapsado, que en su proceso de extinción provocó el mayor "blackout" que haya ocurrido en el mundo en un país que no está en guerra, sumiendolo, durante marzo de 2019, en la oscuridad total por varios días.Entre los estudios que se publican, están los siguientes: "Reflecciones sobre la dictadura en Venezuela, después del fraudulenta "reelección" presidencial de mayo de 2018;" "Algunas ejecutorias de la tenebrosa Asamblea Constituyente en 2018, institucionalizando la cleptocracia;" "La corrupción política e institucional: la perversión del Estado de derecho por obra del Juez Constitucional;" "La justicia constitucional, y la demolición del Estado democrático de derecho en nombre de un "nuevo constitucionalismo;" "La mutación de la Federación en Venezuela;" "La demolición de los sistemas de control en el funcionamiento de la Administración;" "El régimen de los estados de excepción, sus implicaciones constitucionales y la demolición de los mecanismos para su control;" "El régimen en su laberinto y la Asamblea Nacional al rescate de la democracia;" "La ilegítima juramentación de Nicolás Maduro como presidente de la República ante el Tribunal Supremo de Justicia el 10 de enero de 2019 y la actuación de la Sala Constitucional;" "El presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó no se "autoproclamó" como presidente encargado de la República, sino que a partir del 10 de enero de 2019, conforme a la Constitución y ante la ausencia de un presidente legítimamente electo, en tal carácter de presidente de la Asamblea quedó encargado de la presidencia de la República para el período 2019-2025;" y "Sobre la regulación del régimen que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución."

  • av Asdrúbal Aguiar
    839,-

    El tiempo de esta obra del profesor Asdrúbal Aguiar, Crónicas de Facundo. Bajo el régimen de Hugo Chávez, en sus propias palabras “transcurre entre 1999 y 2012 e intenta presentar como antecedente y saldo a un país archipielágico, Venezuela, que pierde identidad en el momento mismo de su tardía fragua. Quizás es víctima, como otros en el Occidente, del cambio demencial de Era que vive la Humanidad en su conjunto a partir de los años 90 del pasado siglo. Lo he sostenido así, desde entonces, para mejor comprender el presente del que soy y somos testigos. Pero en el caso que interesa, que es el que teje mis angustias, casi transcurridas las dos primeras décadas del siglo XXI el universo de retículas en que derivamos los venezolanos, amalgamados sin propósito de permanencia alrededor de dos grandes polos o imaginerías políticas que no se reconocen en reciprocidad, todavía esperan de un proyecto común de ciudadanía. Anhelamos se nos asegure la convivencia y se nos prorrogue, al menos, como nación, que es escorzo permanente."

  • av Caterina M Balasso Tejera
    615,-

    En el campo del derecho administrativo los criterios jurisprudenciales constituyen los más importantes referentes para la doctrina, no solo en el proceso de elaboración de los principios generales de la disciplina, habiendo sido incluso, durante mucho tiempo, la principal fuente del derecho administrativo, sino también después de su positivización, en el sentido de la interpretación de los preceptos integrados al ordenamiento jurídico positivo, desarrollada por parte de los jueces, al aplicarlos. En Venezuela, en lo que atañe al procedimiento administrativo, con posterioridad a la promulgación de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos de 1982, se produjo una doctrina jurisprudencial que se encargó de delinear, definir y delimitar los diferentes y más relevantes aspectos del mismo.Es esa doctrina la que la profesora Caterina Balasso ha recopilado y sistematizado para su publicación en este libro, partiendo de los extractos de sentencias relativas a los aspectos más relevantes del procedimiento administrativo, dictadas entre 1980 y 2017, tanto por la antigua Corte Suprema de Justicia y el actual Tribunal Supremo de Justicia (en Sala Político Administrativa, mayormente) como por los otros altos tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.La categorización formulada por la Profesora Balasso Tejera para la conformación de la obra, está basada en ocho secciones temáticas en las cuales ha agrupado los extractos jurisprudenciales, y que son las siguientes: La Primera se refiere al régimen legal del procedimiento administrativo; en la Segunda se agrupan las sentencias que se relacionan con la caracterización y los principios que rigen el procedimiento administrativo; la Tercera trata el tema del inicio de los procedimientos administrativos; la Cuarta y la Quinta contienen sentencias en las cuales se desarrollan el tema de los interesados y su participación así como la actuación de la Administración, respectivamente; la Sexta se refiere al tema de las pruebas en el procedimiento administrativo, mientras que la Séptima agrupa los extractos jurisprudenciales relativos a los distintos modos de terminación de los mismos. Finalmente, el tema de los vicios en el procedimiento es tocado en la Octava sección.En esta forma, la obra viene a constituir la primera recopilación sistematizada y categorizada de sentencias emanadas de los más altos tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa del país, en la materia. Constituye, junto con las demás publicaciones de la colección Jurisprudencia de la Editorial Jurídico Venezolana, una herramienta fundamental para el estudio, interpretación y aplicación del derecho administrativo

  • av Allan R Brewer-Carias
    459,-

    El procedimiento administrativo es el vehículo o trama reguladora a través del cual la Administración manifiesta su voluntad, en nombre del interés general, y dicta actos administrativos que van a tener efectos en los ciudadanos o administrados; y es a la vez el medio a través del cual éstos pueden ejercer su derecho de petición frente a la Administración y a obtener oportuna respuesta.De allí la importancia del estudio del procedimiento administrativo al cual el profesor Allan R. Brewer-Carías, entre sus múltiples obras sobre el tema, le dedicó los estudios que se recogen en este volumen, destacando como el signo más importante de la evolución del derecho administrativo durante las últimas décadas en todos los países, y en particular en América Latina, el que se haya procedido a su codificación, a través de la sanción de leyes reguladoras del procedimiento administrativo.El resultado es que en la actualidad, en casi todos los países de la región se encuentran leyes de esta naturaleza, en las cuales se han regulado el conjunto de situaciones jurídicas en las cuales se pueden encuentran la Administracion y los ciudadanos en las relaciones jurídicas que se establecen entre ellos, con indicación del conjunto de poderes, prerrogativas y obligaciones de la primera, y de los derechos y obligaciones de los particulares en sus relaciones con aquella.

  • av Flavia Pesci Feltri
    395,-

    Esta obra, que es el noveno número de la colección Monografías coeditada por el Centro para la Integración y el Derecho Público (CIDEP) y la Editorial Jurídica Venezolana, recoge las consideraciones de la profesora Flavia Pesci Feltri en su trabajo de ascenso a la categoría de profesor asistente en el escalafón universitario de la Universidad Central de Venezuela.Este libro estudia cómo el derecho a la defensa y el debido proceso, que deben asistir al administrado cuando se enfrenta a la potestad sancionadora de la Administración, han sido disminuidos y en muchas ocasiones eliminados, debido a la actuación coordinada de los poderes públicos venezolanos que han pretendido aumentar el poder de control de la Administración sobre la actuación económica y jurídica de los particulares.A tal efecto, la investigación está dividida en dos capítulos:En el primero de ellos la autora aborda el derecho a la defensa y la potestad sancionadora de la Administración Pública, precisando –entre otros– su origen, definición, elementos, naturaleza jurídica, principios, regulación y procedimiento. Por su parte, el segundo capítulo se refiere a la recepción del derecho a la defensa en el procedimiento sancionatorio venezolano analizando tres casos en particular: el régimen jurídico de la aeronáutica civil, de las contrataciones públicas y de control de precios (protección al consumidor).La autoraFlavia Pesci Feltri es abogada y especialista en Derecho Constitucional por el Centro de Estudios Constitucionales de Madrid y en Derechos Humanos por la Universidad Complutense de esa misma ciudad. Curso de doctorado en Derecho Administrativo y certificado de investigación por la referida Universidad Complutense. Profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela.

  • av Allan R Brewer-Carias
    599,-

    El Juez Constitucional, sea que se trate de un Tribunal Constitucional especializado o de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de un país, tiene como misión esencial el garantizar la vigencia de la Constitución, y con ello, la vigencia del Estado democrático de derecho; asegurar el derecho del pueblo a ser gobernado por sus representantes electos mediante sufragio; preservar el funcionamiento del Estado bajo el principio de la separación de poderes, y velar porque todos los órganos del Estado acaten la Constitución.Bajo ese ángulo, por tanto, es inconcebible que un Juez Constitucional pueda tener como misión la de demoler el Estado de derecho y, con ello, destruir las bases del sistema democrático representativo y participativo. Sin embargo, eso fue precisamente lo que ocurrió en Venezuela a partir de 1999, y durante los últimos 20 años (1999-2018), cuando el Juez Constitucional se convirtió en el más importante y perverso instrumento utilizado por el régimen autoritario que asaltó el poder en 1999, mal utilizando métodos democráticos, para demoler los principios de la democracia.Este libro del profesor Allan R. Brewer-Carías analiza ese proceso, de cómo, siguiendo las propuestas formuladas bajo el mote de un "nuevo constitucionalismo" que un grupo de profesores españoles lograron introducir en América Latina de la mano de Presidentes autoritarios, primero en Venezuela, con Hugo Chávez, y luego en Ecuador y Bolivia, con Rafael Correa y Evo Morales; se fueron demoliendo progresivamente los principios de la democracia representativa bajo el espejismo de sustituirla por una falaz "democracia participativa," cuyos principios, aparte de quedar algunos plasmados en el texto de las Constituciones, no llegaron a implementarse, y resultaron ser una gran mentira.Todo ese proceso destructivo se basó en la propuesta inicial de la convocatoria de Asambleas Constituyente "populares" no reguladas ni previstas en los textos constitucionales, las cuales abrieron la puerta para que las Constituciones perdieran todo principio de rigidez y supremacía. El resultado - y es el caso de Venezuela que se estudia en este libro - fue un catastrófico desmantelamiento de los principios democráticos y de la separación de poderes, lamentablemente ejecutado desde dentro del propio Estado, utilizándose para ello al propio Juez Constitucional, el cual como instrumento malévolo, fue dictando sentencias tras sentencias, "a la carta" o a la medida, tal como le fue requerido por el Poder Ejecutivo conforme avanzaba la entronización del régimen autoritario. El objeto central de este libro es el estudio de todas esas sentencias

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    465,-

    Este número. 153-154 de la Revista tiene el siguiente contenido: Artículos: Allan R. BREWER-CARÍAS, Reflexiones sobre los ciclos políticos en la historia de Venezuela y la “apoptosis” de un régimen, que “tiene sus días contados”, pp. 9-22; Asdrúbal AGUIAR, Transparencia y calidad de la democracia, pp. 23-40; José Ignacio HERNÁNDEZ G., La destrucción de las condiciones de integridad electoral por los actos intolerables de la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente, pp. 41-56; Juan Domingo ALFONZO PARADISI, La Ley Constitucional de Precios acordados emitida por la Asamblea Nacional Constituyente. Su inconstitucionalidad, nueva regulación de precios a través del diálogo y su desconocimiento por las vías de hecho de autoridades administrativas, pp. 57-84; Humberto ROMERO-MUCI, (In)moralidad tributaria en Venezuela. Entre la distopía y la anomia social, pp. 857-128; Ismael BRAVO PLA-CERES; Grisel GALIANO MARITAN, “La potestad coactiva de la administración. Breves consideraciones de su regulación jurídica en el nuevo Código Orgánico de la Administración del Ecuador”, pp. 129-150; comentarios Monográficos: Laura LOUZA, Notas de prensa de la ONG acceso a la justicia sobre la Asamblea Nacional Constituyente en el ejercicio de sus funciones (agosto 2017-marzo 2018), pp. 153- 176; Allan R. BREWER-CARÍAS. Reflexiones sobre la dictadura en Venezuela, después de la fraudulenta “reelección” presidencial de mayo de 2018, pp. 177-216. LEGISLACIÓN. Información Legislativa: Gabriel SIRA SANTANA, Leyes, Decretos Normativos, Reglamentos y Resoluciones de efectos generales dictados durante el Primer Semestre de 2018, pp. 219-242; comentarios Legislativos: por Gabriel SIRA SANTANA, Alberto BLANCO-URIBE QUINTERO, María Alejandra CORREA MARTÍN, Allan R. BREWER-CARÍAS, Khairy J. PERALTA FUNG, y José Ignacio HERNÁNDEZ G., Aspectos jurídicos de la dolarización en Venezuela, pp. 312-321. JURISPRUDENCIA. Información Jurisprudencial: Mary RAMOS FERNÁNDEZ, Jurisprudencia Administrativa y Constitucional (Tribunal Supremo de Justicia y Cortes de lo Contencioso Administrativo): Primer Semestre de 2018, pp. 323-352. comentarios Jurisprudenciales: por Víctor JIMÉNEZ ESCALONA, Jorge C.  KIRIAKIDIS L., y Humberto BRICEÑO LEÓN. 

  • - Aplicacion e interpretacion del articulo 350 de la Constitucion de Venezuela de 1999
    av Allan R Brewer-Carias
    419,-

    Este libro recoge varios estudios del profesor Allan R. Brewer-Carías relativos al derecho constitucional a la desobediencia civil, incorporado expresamente en algunas Constituciones, como la venezolana de 1999, en cuyo artículo 350 se lo establece como como uno de los mecanismos de protección de la Constitución misma y sus valores democráticos, como derecho colectivo del pueblo para desconocer cualquier régimen, legislación o autoridad que sea contraria a los mismos o que violen los derechos humanos; pre­visión constitucional que se complementó con otra, la del artículo 333, que establece el deber de todo "ciudadano investido o no de autoridad," de colaborar en el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución, cuando la misma pierda vigencia "si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella."Ese derecho a la desobediencia civil como mecanismo de protección de la Constitu­ción y de sus valores democráticos, puede decirse que comenzó a invocarse en Venezuela desde los mismos tiempos cuando la misma entró en vigencia, al haberse comenzado a desarrollar, en paralelo, el proceso de desmantelamiento de la misma y de violación de los derechos fundamentales, mostrándose así, desde el inicio, las fauces del régimen autoritario que se estructuró inicialmente bajo la presidencia de Hugo Chávez, y que continuó con la de Nicolás Maduro, y que en veinte años arrasó definitivamente con la democracia, utilizando los propios instrumentos de la misma.Desde entonces, el tema de la desobediencia civil, como mecanismo de protección de la democracia, siempre fue recurrente, sobre lo cual el profesor Brewer-Carías escribió a partir de 2002, en documentos y artículos que son los que precisamente se recogen en este volumen

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    635,-

    Este libro forma parte de la Colección de Derecho Administrativo Comparado del Instituto Internacional de Derecho Administrativo, la cual dirige el profesor Libardo Rodríguez (Colombia), destinada a publicar en la misma obras colectivas sobre temas básicos y actuales del derecho administrativo, que permitan, sobre la base de trabajos nacionales que desarrollen sobre el respectivo tema desde la perspectiva de cada país, acometer un análisis de derecho comparado que contribuya al mejor conocimiento y comprensión de esos temasEn este sentido, este volumen I de la Colección, coordinado por el profesor Caros Delpiazzo (Uruguay), está consagrado al tema de El control de la actividad administrativa, con el cual ha buscado dar una visión global de los diversos instrumentos de control de la Administración en los diversos países, integrando a tal efecto estudios sobre la materia de los profesores Juan Carlos Cassagne (Argentina), Diogo de Figueiredo (Brasil), Alejandro Vergara Blanco (Chile), Gustavo Quintero Navas y Jorge Enrique Santos Rodríguez (Colombia), Ernesto Jinesta Lobo (Costa Rica), Efraín Pérez(Ecuador), Luciano Parejo Alfonso (España), Jacqueline Morand-Deviller (Francia),Aldo Travi (Italia), Luís José Béjar Rivera (México), Jorge Danós Ordóñez (Perú), Augusto Durán Martínez (Uruguay) y Allan R. Brewer-Carías (Venezuela). El volumen concluye con un trabajo de visión comparativa de los mecanismos de control elaborado por el Coordinador de la obra, Carlos DelpiazzoEste volumen, además, está dedicado a la memoria del ilustre administrativista brasilero Diogo de Figueiredo, miembro fundador del Instituto y autor de la ponencia sobre el Control de la actividad administrativa en ese país, que forma parte de este volumen, quien falleció el 1º de julio de 2017, apenas unos días después de haber hecho entrega de su trabajo, el cual es muy probable que haya sido el último aporte de su valiosa contribución a la ciencia del derecho administrativo.La obra, editada por el Instituto Internacional de Derecho Administrativo, sale impresa en edición conjunta entre la Editorial Temis de Colombia y la Editorial Jurídica Venezolana.

  • av Allan R Brewer-Carias
    499,-

    Este libro del profesor Allan R. Brewer-Carías recoge algunos de sus estudios sobre el acto administrativo que, en su momento, años atrás, fueron redactados con motivo de su participación en Congresos y Jornadas jurídicas, siempre reelaborando el tema en aproximaciones sucesivas, y que fueron publicados dispersamente en Revistas y Obras colectivas. Los mismos tratan sobre dicha noción de acto administrativo que es, sin duda, la noción medular más importante del derecho administrativo, pues mediante el mismo es que, en general, la Administración Pública manifiesta su voluntad y entra en relación con los ciudadanos y administrados.Todas las personas, durante toda su vida, desde que nacen hasta que mueren, en todos los hechos y actividades que realizan y que las acompañan, aun sin saberlo, son destinatarias permanentemente de actos administrativos de naturaleza diversa, como puede ser la partida de nacimiento y la partida de defunción, el registro en la escuela, en el colegio o la universidad, el título de grado, la cédula de identidad, la licencia de conducir, el registro profesional, el permiso de edificar, y tantos otros actos más. Lo mismo puede decirse de la vida de las personas jurídicas, desde que sus estatutos se registran en el registro mercantil mediante un acto administrativo de registro, realizando sus actividades estatutarias siempre mediante la recepción de todos los permisos, autorizaciones y licencias inimaginables, que deben obtener del Estado para realizarlas conforme al objeto que motivó su creación.Entre las regulaciones de mayor importancia respecto de los actos administrativos, y que son objeto de estudio en estos trabajos, están las establecidas en las leyes de procedimiento administrativo tendientes a asegurar que los actos administrativos sean emitidos conforme al principio de legalidad, es decir, con sujeción a las normas preestablecidas en leyes y reglamentos, por una autoridad competente y cumpliéndose los requisitos mínimos prescritos en las mismas, sobre jerarquía, motivación o finalidad, asegurándose una relación administrado-Estado basada en principios como la buena fe, la confianza legítima, y la proporcionalidad, razonabilidad y logicidad. De allí, también todas las regulaciones establecidas en las leyes relativas a la Justicia, para garantizarle a los administrados la posibilidad de defender sus derechos e intereses ante tribunales especializados, contra la Administración, por los daños causados por actos administrativos que sean contrarios a derecho, dictados con arbitrariedad o con desviación de poder.Con lo anterior se entiende, por tanto, la importancia de la noción de acto administrativo para el derecho administrativo que se analiza en este libro; y porqué todos los que se han ocupado de estudiar esta materia han tenido que dedicar reflexión y tiempo para analizar dicha institución.

  • av Allan R Brewer-Carias
    365,-

    Este libro del profesor Alan R. Brewer-Carías sobre la actividad administrativa, la actividad de gobierno y el poder discrecional, recoge tres estudios escritos en diferentes épocas, con ocasión de Ponencias presentadas en Congresos y Jornadas jurídicas, siempre reelaborando el tema, en aproximaciones sucesivas, y que fueron publicados dispersamente en Revistas y Obras colectivas.Trata por una parte de la actividad administrativa, que es el objeto esencial de regulación del derecho administrativo, es decir, la actividad que desarrollan los órganos y entes de la Administracion Pública, generalmente en ejercicio del Poder Ejecutivo del Estado y en la mayoría de los casos, en ejercicio de la función administrativa del mismo, al cumplir las competencias que el ordenamiento les asigna para gestionar el interés general en nombre de la colectividad, entrando así, con ello, en relación con los particulares o administrados.Esa actividad, en todo caso, está siempre sometida al derecho, es decir, al principio de la legalidad, de manera que el funcionario que la realiza siempre debe actuar en ejercicio de competencias preestablecidas que le son legalmente asignadas, así se trate de los casos en los cuales la ley le deje al funcionario cierta libertad para actuar en lo que se considera como actividad discrecional; y como todas las actividades del Estado, está sometida a control judicial, en particular por los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.El estudio de dicha actividad administrativa, por lo demás, manifestada entre muchos otros, a través de la emisión de actos administrativos requiere, entre otros aspectos, de una delimitación precisa respecto de la otra actividad que realizan los órganos que ejercen el Poder Ejecutivo, que es la actividad de gobierno, y que se manifiesta a través de la emisión de actos de gobierno. La distinción entre una actuación y otra, como se destaca en estos estudios, contribuye, por una parte, a aislar adecuadamente la actividad administrativa, sometida al control judicial de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; y por la otra, a identificar con precisión la acción de gobierno, fuera de la acción administrativa, pero no por ello está exenta de control judicial, que en ese caso le corresponde a la Jurisdicción Constitucional.

  • - Marco conceptual, antecedentes, derecho de amparo y derecho administrativo
    av Allan R Brewer-Carias
    249,-

    El control de convencionalidad que tiene por objeto velar porque los actos de los Estados contratantes de tratados o convenciones internacionales se ajusten a las previsiones de los mismos, ha adquirido particular relevancia en América Latina con ocasión del control judicial que desde la entrada en vigencia de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, ha venido realizado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuando en sus sentencias juzga las violaciones cometidas por los actos u omisiones de los Estados contra la Convención, confrontando sus normas con las previsiones del derecho interno de los Estados, condenado por ejemplo a los Estados por dichas violaciones, llegando incluso a ordenarles realizar las debidas correcciones de la inconvencionalidad, por ejemplo, mediante la modificación de las normas del derecho interno cuestionadas.Sin embargo, dicho control de convencionalidad no se agota en el solo ámbito de la jurisdicción internacional, sino que también se materializa en el control que ejercen los jueces o tribunales nacionales cuando deben juzgar sobre la validez de los actos del Estado, al confrontarlos, no con la Constitución respectiva, en cuyo caso ejercen el control de constitucionalidad, que es algo distinto, sino con el elenco de derechos humanos y de obligaciones de los Estados contenidos en la Convención Americana, o al aplicar las decisiones vinculantes de la Corte Interamericana, decidiendo en consecuencia, conforme a sus competencias, la desaplicación o la anulación, según los casos, del acto cuestionado del Estado.El tema del control de convencionalidad, al cual el profesor Allan R. Brewer-Carías le ha dedicado los estudios que se recogen en este volumen, a pesar de que puede decirse que es tan viejo como la vigencia de la propia Convención Americana, sin embargo, solo ha sido en los últimos lustros que ha sido conceptualizado, a partir de importantes decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se comentan en el texto.

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    485,-

    Este libro forma parte de la Colección de Derecho Administrativo Comparado del Instituto Internacional de Derecho Administrativo, la cual dirige el profesor Libardo Rodríguez (Colombia), destinada a publicar en la misma obras colectivas sobre temas básicos y actuales del derecho administrativo, que permitan, sobre la base de trabajos nacionales que desarrollen sobre el respectivo tema desde la perspectiva de cada país, acometer un análisis de derecho comparado que contribuya al mejor conocimiento y comprensión de esos temasEn este sentido, este volumen II de la Colección, coordinado por el profesor Luciano Parejo Alfonso (España), está consagrado al tema de La organización interna de los Estados, con el cual ha buscado dar una visión global de los diversos instrumentos de control de la Administración en los diversos países, integrando a tal efecto estudios sobre la materia de los profesores Juan Carlos Cassagne y Pablo Esteban Perrino (Argentina), Juan Alberto Polo Figueroa (Colombia), Manrique Jiménez Meza (Costa Rica), Efraín Pérez (Ecuador), René Hostiou (Francia), Giuseppe Franco Ferrari (Italia), Felipe Rotondo (Uruguay) y Alejandro Canónico Sarabia (Venezuela). El volumen concluye con un estudio de derecho comparado, sobre "La organización interna, en especial del poder público administrativo, de los Estados estudiados en perspectiva comparada, complementada con referencias al Estado español," elaborado por el Coordinador de la obra, Luciano Parejo AlfonsoEste volumen, además, está dedicado a la memoria del ilustre administrativista francés, Franck Moderne, quien falleció el 19 de marzo de 2017 y quien durante su prolífera vida académica contribuyó de manera muy importante a la integración de los derechos administrativos de Europa y América Latina,La obra, editada por el Instituto Internacional de Derecho Administrativo, sale impresa en edición conjunta entre la Editorial Temis de Colombia y la Editorial Jurídica Venezolana.

  • av Allan R Brewer-Carias
    299,-

    En toda América Latina, particularmente durante el siglo pasado y conforme fue avanzando en todos los países la consolidación del Estado de derecho, se fue estableciendo progresivamente un sistema de Justicia Administrativa, es decir, un sistema de control judicial de la actividad de la Administración Pública, a cargo de los tribunales integrados dentro del Poder Judicial, que en la mayoría de los países conforman la denominada Jurisdicción Contencioso Administrativa, la cual ha sido objeto de regulación mediante leyes especiales.En efecto, salvo los casos de Argentina, Brasil, y Chile en todos los otros países se han dictado leyes especiales reguladoras de lo contencioso administrativo, como ha sucedido en Colombia (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de 2011); Costa Rica (Código Procesal Contencioso-Administrativo de 2008); Ecuador (Código Orgánico General de Procesos de 2015: Disposiciones sobre procedimiento contencioso administrativo); El Salvador (Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 2017); Guatemala (Ley de lo contencioso administrativo de 1996); Honduras (Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa de 1.987); México (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo de 2005); Nicaragua (Ley de regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo de 2000; Panamá (Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso administrativa de 1945, 1946, 2000); Paraguay (Ley que establece el procedimiento para lo contencioso administrativo de 1935); Perú (Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo de 2009); República Dominicana (Ley que instituye la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 1947); Uruguay (Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de 1987); y Venezuela (Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 2010).Este libro del profesor Allan R. Brewer-Carías, recoge el documento de base que preparó para el XIV Congreso de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo «20 Años de la Nueva Ley de lo Contencioso-Administrativo», que se desarrolló en la Universidad de Murcia, entre el 8 y 9 de febrero de 2019, destinado precisamente a analizar, bajo una perspectiva de derecho comparado, todas esas leyes a través de lo que ha considerado las grandes tendencias en dicho régimen hacia su especialización, lo que ha implicado su constitucionalización y codificación; hacia la ampliación de los procesos contencioso administrativos para garantizar la tutela judicial efectiva frente a la Administración; hacia la universalidad del control contencioso administrativo de todos los actos administrativos; hacia el desarrollo de otros procesos contencioso administrativos, más allá de la anulación, dando lugar progresivamente a los procesos contencioso administrativos de las demandas de condena y reparación, de los contratos públicos; contra las vías de hecho y las actuaciones materiales de la Administración, de los servicios públicos, de los conflictos interadministrativos y de la interpretación de leyes; y hacia la ampliación de las medidas cautelares y de las garantías de la ejecución de sentencias en los procesos contencioso administrativos.

  • av Jean Rivero
    1 069,-

  • - El transito de la clausula derogatoria a la potestad administrativa contractual en los sistemas de contratacion publica
    av José Araujo-Juárez
    365,-

    En esta obra, que es el séptimo número de la colección Monografías coeditada por el Centro para la Integración y el Derecho Público (CIDEP) y la Editorial Jurídica Venezolana, el profesor José Araujo-Juárez analiza de forma crítica uno de los temas más relevantes de los sistemas de contratación pública: la teoría de la cláusula exorbitante que, a juicio del autor, demanda una revisión a la luz de la esencia misma del contrato y del Derecho Administrativo Constitucional.Así, el autor revisa los antecedentes históricos de la potestad contractual de la Administración paseándose por su fundamento jurídico-político según se considere al Derecho Administrativo como un derecho autónomo, común o normal; para luego analizar la teoría de la cláusula exorbitante con base en la idea de la fuerza del Derecho Administrativo, las características propias del contrato administrativo y el concepto de la potestad estudiada.Finalmente, Araujo-Juárez concluye su estudio disertando sobre la clasificación de las potestades administrativas contractuales distinguiendo entre la etapa de formación contractual y la etapa de ejecución contractual, así como las garantías que existen frente a la teoría de la cláusula exorbitante.El autorJosé Araujo-Juárez es Profesor de Postgrado de Derecho Administrativo de la Universidad Católica Andrés Bello y miembro del Instituto Internacional de Derecho Administrativo, del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo, de la Asociación de Derecho Administrativo Iberoamericano y de la Asociación Española e Iberoamericana de Profesores e Investigadores de Derecho Administrativo, y miembro honorario de la Asociación Mexicana y de la Asociación Dominicana de Derecho Administrativo.

  • av José Araujo-Juárez
    535,-

    El profesor José Araujo Juárez, en su siempre innovadora aproximación al Derecho Administrativo, ha enriquecido una vez más nuestra disciplina al escribir este libro sobre el Derecho Administrativo Constitucional.En esta obra ha buscado abordar las cuestiones básicas de las relaciones que existen, cada vez más estrechas, entre el Derecho Administrativo y el Derecho Constitucional, haciendo particular énfasis en el impacto que tiene el modelo de organización jurídico-político del Estado en el sistema del Derecho Administrativo.Para ello ha analizado los principios, valores superiores y fines esenciales de rango constitucional se irradian en el Derecho Administrativo; y ha estudiado en el texto de la Constitución, cómo se han ido incorporando las categorías fundamentales de nuestra disciplina, elevándoselas a rango jerárquico constitucional.Con esta obra, el autor nos presenta el estudio más completo que se haya publicado en el país sobre los principios generales del Derecho Público (constitucional y administrativo), planteando, a su vez, la necesaria reconstrucción y comprensión del Derecho Administrativo -condicionado por los principios generales, valores superiores y fines esenciales constitucionales que están a la base del modelo de organización jurídico-político adoptado por el Poder Constituyente de 1999- para superar la deformación autoritaria que ha sufrido en los últimos años.(Tomado del prólogo a esta obra, de Allan R. Brewer-Carias)José Araujo-Juárez es profesor de Postgrado de Derecho Administrativo de la Universidad Católica Andrés Bello y miembro del Instituto Internacional de Derecho Administrativo, del Foro Iberoamericana de Derecho Administrativo, de la Asociación de Derecho Administrativo Iberoamericano, y de la Asociación Española e Iberoamericana de Profesores e Investigadores de Derecho Administrativo.

  • - Con un estudio preliminar sobre la Justicia Administrativa en el derecho administrativo comparado latinoamericano
    av Allan R Brewer-Carias
    699,-

    El progresivo sometimiento de la Administración Pública a la legalidad en los países latinoamericanos, originó el progresivo establecimiento de mecanismos judiciales de control de la actividad de la misma, abriendo paso en casi todos ellos, salvo en Argentina, Brasil y Chile, al establecimiento de una Jurisdicción Contencioso Administrativa siempre integrada en el Poder Judicial, así como a su regulación mediante leyes de lo contencioso administrativa. En el caso particular de Argentina y Brasil, por la influencia del derecho norteamericano, los jueces en general, al ser titulares del control judicial de las leyes y de las actuaciones de los órganos del Estado, ejercen el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración Pública en forma de justicia difusa. Latina.En este libro, el profesor Allan R. Brewer-Carías, nos presenta un estudio de derecho comparado sobre la justicia administrativa en los países de América Latina, elaborado con base en el estudio de las mencionadas leyes que se han dictado en el continente, específicamente en Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela; destacando así las diversas tendencias de evolución y configuración de lo contencioso administrativo, en los siguientes aspectos: en primer lugar, la tendencia a la especialización, lo que ha implicado su constitucionalización y codificación; en segundo lugar, la configuración de la misma como un sistema de justicia administrativa, a través de la progresiva ampliación de los procesos contencioso administrativos para garantizar la tutela judicial efectiva frente a la Administración, de la progresiva ampliación del concepto de Administración Pública y de la actuación administrativa, a los efectos de garantizar la tutela judicial efectiva, así como del reforzamiento del derecho constitucional de acceso a la justicia y la progresiva flexibilización de las tradicionales condiciones de legitimidad y de agotamiento de la vía administrativa para acceder a la jurisdicción contencioso administrativa; en tercer lugar, la evolución del proceso contencioso administrativo contra los actos administrativos, y la ampliación de las pretensiones de condena y amparo, mediante la tendencia hacia la universalidad del control contencioso administrativo de todos los actos administrativos; en cuarto lugar, el desarrollo de otros procesos contencioso administrativos, dando lugar progresivamente a los procesos contencioso administrativos de las demandas de condena y reparación, de los contratos públicos; contra las vías de hecho y las actuaciones materiales de la Administración, de los servicios públicos, de los conflictos interadministrativos y de la interpretación de leyes; y en quinto y sexto lugar, los avances en las medidas cautelares y ejecución de sentencias en los procesos contencioso administrativos.

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